En el Diario Oficial de Extremadura del día 21 de septiembre de 2017 se ha publicado la Orden de Convocatoria de subvenciones destinadas a la igualdad de género en el empleo en el ámbito de la Comunidad de Extremadura.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, según al Programa que se opte:
Programa I: Las profesionales colegiadas y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que contraten indefinidamente a mujeres en empleos masculinizados.
Programa II: Las profesionales colegiadas y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que contraten indefinidamente a tiempo parcial a mujeres en contratos indefinidos a tiempo completo.
Programa III: Las profesionales colegiadas y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que contraten indefinidamente a mujeres que lleven más de 24 meses desempleadas después del nacimiento y/o adopción de un hijo/a.
Asimismo, podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas, que cumpliendo los requisitos y condiciones previstos, celebren los contratos
El plazo establecido para poder presentar la solicitud de la Subvención es dentro de los dos meses, contados a partir de la fecha de inicio de la contratación o de la transformación de los contratos objeto de los beneficios, y siempre durante la vigencia de esta convocatoria que será de un año, hasta el 21 de septiembre de 2018.
El procedimiento de concesión de la subvención es de concesión directa.
Las cuantías de las ayudas, para los Programas I y III, por contratación indefinida a jornada completa será de 9.000 euros. Para el Programa III esta cuantía se reducirá proporcionalmente cuando la jornada sea a tiempo parcial.
Las cuantías de las ayudas, para el Programa II, por la transformación en jornada completa de contratos suscritos a jornada parcial con mujeres será:
– 4.000 euros para aquellos contratos que inicialmente sea igual o inferior al 50 %
– 3.000 euros para aquellos contratos que inicialmente sea superior al 50 % e igual o superior al 75 %
A estas cuantías se incrementarán 1.000 euros, en cada Programa, independientemente de las características de la contratación, cuando se trate de empresas que concurran el la Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial o bien tengan implantados Planes Empresariales de Igualdad de Género.
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